La posición geográfica de la República de Panamá, hace que sea de clima tropical, en adición es un país desarrollado, que ofrece todas las amenidades que cualquier otro país desarrollado ofrece a sus ciudadanos, aunado a un sistema político estable, hace que Panamá sea un país optimo para que se establezcan en ella, ciudadanos extranjeros que han obtenido la condición de jubilado y que deseen radicarse en el País Istmeño. Considerando lo anterior, el Servicio Nacional de Migración ha establecido un proceso y una serie de requisitos para alcanzar el status de Residente Permanente en la Republica de Panamá. REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN JUBILADO PENSIONADO (PPT-JP) Extranjero que reciben jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él y cuenta con suficientes medios económicos para sufragar todos su gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a mil balboas (B/.1,000.00) y debe estar concedida en forma vitalicia. Requisitos: 1. Poder y Solicitud (notariado). 2. Tres (3) fotografías. 3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario). 4. Certificado de Antecedentes Penales o declaración jurada ante Notario. 5. Certificado de Salud. 6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales. 7. Certificación de su condición de jubilado o pensionado por gobierno extranjeros, organismos internacionales o empresas privadas, en la que se acredite que recibe una pensión vitalicia no inferior a mil balboas (B/. 1,000.00) mensuales o su equivalente en moneda extranjera. 8. Si la jubilación o pensión proviene de una empresa privada, deberá aportarse además de lo señalado anteriormente: 8.1. Carta de una empresa extranjera de administración de pensiones, de fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca, que certifique que administra fondos para la empresa o el solicitante. 8.2. Certificación de existencia y vigencia de la empresa, que otorga la pensión y administra el fondo. 8.3. Copia de comprobante de pago o estado de cuenta del banco. EXCEPCIONES A LA REGLA La certificación que demuestre la condición de jubilado o pensionado podrá ser de setecientos cincuenta balboas (B/. 750.00) en los casos que: 1. El solicitante ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00). En el caso de que tenga el deseo de radicarse en la República de Panamá, le recomendamos contacte al Licdo. Patricio Jordan, aquí, o vía Whatsapp al 6-486-6544, también puede enviar un e-mail a medstarbilling@gmail.com a fin de que tenga asistencia profesional al enfrentar el proceso migratorio. |
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