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Migracion.PJ.jpgNo son pocas las ocasiones en que un extranjero que se le ha otorgado permiso de residente permanente en el territorio nacional, se ve en la necesidad de ausentarse de Panamá, sin antes haber culminado el trámite para recibir la permanencia indefinida en el país. En este sentido, el Decreto Ley No. 3 del 22 de febrero de 2008, faculta a La o Él Director General del Servicio Nacional de Migración cancelar la permanencia o residencia en el territorio nacional, al extranjero no residente, residente temporal o permanente en cualquiera de sus sub-categorías migratorias, entre otras causas, por haberse ausentado por más de dos años del territorio nacional, salvo que tal ausencia sea justificada y autorizada por el Director del Servicio Nacional de Migración.

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En la praxis, esto significa que todos los extranjeros que por algún motivo se han ausentado del territorio nacional sin haber sido otorgado status de permanencia indefinida, su permiso de residente permanente ha sido cancelado en virtud de los dispuesto por el artículo 31, del Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008. Ahora bien, la emisión por parte de la nueva Directora General del Servicio Nacional de Migración de panamá, de la Resolución No. 17405, del 29 de agosto de 2019, permite que los extranjeros que estén en las condiciones migratorias arriba descrita, soliciten al Servicio Nacional de Migración la Rehabilitación de su permiso de Residente permanente, tal como lo establece el artículo uno de la resolución al disponer que:

" Podrán solicitar la Rehabilitación del Permiso de Residente Permanente, los extranjeros que hayan permanecido fuera del territorio nacional por un periodo de más de dos (2) años y hasta seis (6) anos."

Efectivamente, la disposición de la resolución Id, permite que por medio de Abogado, los Extranjeros que iniciaron su trámite de residencia permanente y se ausentaron del territorio nacional, rehabiliten su status.

Para obtener los requisitos que necesita para realizar la solicitud, le recomendamos contacte aquí al Abogado Patricio Jordan, el cual le brindará asesoramiento y representación a fin de que su status de residente permanente en Panamá sea rehabilitado, también nos puede contactar vía Whatsapp al 6-486-6544, al e-mail: medstarbilling@gmail.com, o visítenos al www.bufetejordan.com

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