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El proceso de registro de naves requiere el nombramiento de un agente residente, la cual debe ser Abogado. En ese sentido, Bufete Jordan, cumpliendo con su misión de facilitador de trámites legales en Panamá, ofrece a la comunidad marítima nacional como internacional sus servicios de registro de naves y solicitud de frecuencia de radio, lo cual hemos simplificado su proceso para nuestros valiosos clientes. Para registrar su nave en la República de Panamá debe completar el “Formulario Único de Solicitud de Tramite”, la cual puede acceder simplemente haciendo clic aquí, una vez completada el formulario, debe enviarnos vía e-mail a medstarbilling@gmail.com los siguientes documentos:
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Estos documentos deben ser recibidas en nuestro despacho debidamente notariados y la firma del notario debe estar debidamente legalizada por el cónsul panameño en el lugar de su expedición o apostillados conforme a la convención de la Haya de 1961. En el caso de que no pueda suministrar de forma inmediata alguno de los documentos mencionados para el registro provisional, la Firma solicitará un periodo de gracia de seis (6) meses para presentar el o los documentos faltantes. Al completar el Formulario Único de Solicitud de Tramite aquí, la Firma inicia su labor de forma inmediata, preparando el paquete de registro de Nave, en espera de la recepción de los documentos mencionados, y el respectivo pago de derechos. Una vez recibidos, se procede a la interposición de las distintas solicitudes. Es de importancia puntualizar, que Bufete Jordan, le tramitará su registro de Nave de forma eficiente, al igual que contará con toda la maquinaria de trabajo de la firma, presto a responder en forma eficaz como agente residente en el caso de algún percance ya sea con la Nave a su carga. Contáctenos aquí, y uno de nuestros Abogados le contactará para contestar cualquier pregunta que tenga referente al proceso de Abanderamiento de Naves en la República de Panamá. |
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